Los mayores de 55 años con 3 años de experiencia que estén trabajando en las categorías de Cuidador/Gerocultor y de Auxiliares de Ayuda a Domicilio podrán habilitarse.

Buenas noticias para los trabajadores de la Dependencia

Buenas noticias para los trabajadores de la Dependencia

Estamos  de enhorabuena en el sector de la dependencia ya que el pasado 16 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado una Resolución por la que se determina que:

 

- Los personas que a fecha 31/12/15 tengan una edad igual o superior a 55 años, estén trabajando en las categorías de Cuidador/Gerocultor y de Auxiliares de Ayuda a Domicilio y acrediten una experiencia de al menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en esas categorías profesionales en los últimos 10 años, quedarán habilitadas de forma excepcional en la categoría que corresponda, en el ámbito de su comunidad autónoma.

 

Particularidades:

  • Esta habilitación solo tendrá efecto para el trabajador en el ámbito de esa comunidad autónoma donde presta sus servicios, pero se propone impulsar una normativa estatal para que las habilitaciones cuenten con validez nacional.

 

- Los requisitos relativos a las cualificaciones profesionales serán exigibles a 31 de diciembre de 2017, y en todo caso, cuando finalicen los procesos de acreditación de la experiencia laboral que se hayan iniciado en esa fecha.

 

Particularidades:

  • Hasta que finalice dicho plazo la falta de acreditación no tendrá efectos sobre los trabajadores que estén participando en estos procesos, o en un programa formativo que le habilite para el desempeño de estas categorías profesionales, ni sobre las empresas o entidades prestadoras de la atención, ni afectará a las Administraciones Públicas, hasta la finalización de los procedimientos de acreditación, garantizando de este modo la estabilidad en el sector.

 

  • La entidad prestadora de los servicios deberá elaborar y desarrollar planes de formación para el conjunto de sus trabajadores. La formación impartida deberá adecuarse a los puestos de trabajo desempeñados.

 

  • A partir del 1 de enero de 2016, todas las nuevas contrataciones de profesionales deberán poseer la cualificación profesional establecida (título de formación profesional y/o certificado de profesionalidad), acreditada mediante los títulos de formación profesional o los certificados que se determinan.

 

Resumen:

 

-Se prorroga el plazo para acreditar a los profesionales del sector de la dependencia hasta el 31 de diciembre de 2017.

 

-Los mayores de 55 años con 3 años de experiencia, podrán habilitarse.

 

-A partir del 1 de enero, los nuevos profesionales contratados deberán contar, con el título de formación profesional (técnico en cuidados auxiliares de enfermería o técnico en atención a la dependencia) y/o un certificado de profesionalidad (Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales y/o en el domicilio).

 

Podéis consultar toda la información en el siguiente enlace:

Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre acreditación de centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.(Boletín Oficial del Estado nº 274 de 16/11/2015)

 

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